Del 18 de febrero al 2 de marzo
La Oficina del Censo Electoral remite por correo certificado al elector, a partir del trigésimo cuarto día posterior a la convocatoria y antes del sexto día anterior al de la votación, las papepeltas, los sobres electorales y el certificado de inscripción en el censo.
La recepción de esta documentación debe firmarla personalmente el interesado.